9 © ITSS 2009 www.mtin.es/itss/index.html El art. 348 establece que "los que en (……) en la apertura de pozos o excavaciones, en la construcción de edificios, presas, canalizaciones u otras análogas o, en su conservación, acondicionamiento o mantenimiento de los mismos infrinjan las normas de seguridad establecidas cuya inobservancia pueda ocasionar resultados catastróficos, y pongan en concreto peligro la vida, la integridad física de las personas o el medio ambiente" (art. 350). Otros delitos
RkJQdWJsaXNoZXIy MjE1NjQwNw==