6 El titular de las instalaciones está obligado a realizar el mantenimiento mediante revisiones trimestrales/semestrales de los equipos y sistemas; haciendo constar en acta firmada y según se detalle en la norma UNE de aplicación, según el equipo o sistema, así como contratar a una empresa para llevar a cabo las revisiones anuales y quinquenales, pudiendo también contratar con éstas los mantenimientos trimestrales/semestrales. Establece los medios humanos mínimos de empresas instaladoras y mantenedoras y la cualificación de los mismos, tanto de personal técnico competente como operarios, los cuales deberán estar cualificados para cada sistema que instale o mantenga. Así mismo las empresas deberán contar con un sistema de gestión de calidad certificado como requisito para su funcionamiento. Sin duda el nuevo reglamento es un gran avance para garantizar la eficacia de las instalaciones de PCI; no obstante se ha desaprovechado la oportunidad para incluir la obligatoriedad de dotar a todas las viviendas de un sistema de detección de incendios, el cual se ha demostrado eficaz para disminuir la mortalidad por incendios en el hogar en los países donde se ha hecho obligatorio. Así mismo, tampoco se establece cómo y quién ha de controlar la instalación terminada, por lo que se ha creído conveniente incluir una serie de recomendaciones al efecto.
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