Guía de instalaciones de protección contra incendios en edificios

GUÍA DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN EDIFICIOS 5 GUÍA DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS El nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (en adelante RIPCI) aprobado por Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo (BOE 12 de junio) está en vigor desde el 12 de diciembre de 2017 y trae importantes novedades en relación al derogado Real Decreto 1942/97:  En el objeto del Reglamento se incluye como novedad las condiciones y requisitos exigibles al diseño y la inspección, junto con la actualización de los requisitos de instalación/aplicación y mantenimiento de los sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios.  En lo referente al diseño se establece que los proyectos de instalaciones se redactarán según lo especificado en la norma UNE 157001: Criterios generales para la elaboración formal de los documentos que constituyen un proyecto técnico; así como las normas de diseño aplicables a cada sistema.  En las instalaciones que no dispongan de reglamentación específica en lo referente a su inspección por Organismo de Control Autorizado, el titular deberá solicitar la inspección de la misma, al menos una vez cada diez años. Establece excepciones respecto de esta obligación y una disposición transitoria aplicable a la primera inspección de las instalaciones existentes.  Recoge nuevos sistemas de protección contra incendios (en adelante PCI), no contemplados en el reglamento derogado, como son: los sistemas de extinción por agua nebulizada, los fijos por aerosoles condensados, los de control de humos y gases, los de señalización fotoluminiscente, el alumbrado de emergencia y las mantas ignífugas.  Se han definido más claramente las condiciones a cumplir por los componentes y sistemas, la exigencia del marcado CE para aquellos productos que disponen de norma armonizada, de marca de conformidad acreditada o disponer de una evaluación técnica favorable. Se ha abierto la puerta a la posibilidad de usar “productos innovadores” por medio de una evaluación técnica de idoneidad.  Actualiza las normas UNE a aplicar a los componentes y sistemas, respecto del reglamento anterior duplicándolas, con más de 140 normas relacionadas en su Anexo I (Las normas UNE están disponibles a través de la web del Consejo General de la Arquitectura Técnica, en su enlace a AENOR).

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