1.- Introducción Una correcta redacción del proyecto y una definición-concreción adecuada, es una de las mejores vías para intentar que en los edificios no existan anomalías durante su posterior periodo de servicio. La descoordinación en la fase de diseño es una causa frecuente de defectos en el mismo, y que hace que después se extienda a la ejecución. Los defectos, errores u omisiones que se puedan solucionar durante el proceso de redacción del proyecto siempre serán más efectivos y baratos que si éstos se tienen que realizar durante el proceso de puesta en obra, y mucho más, si es durante la etapa de vida útil. Las situaciones en las que un proyecto no incorpora la información necesaria, o la contiene de manera incorrecta o insuficiente, hace que se generen incertidumbres en la fase de ejecución que tienen, generalmente, fatales consecuencias en diversos ámbitos como: errores de replanteo, improvisaciones de última hora, sobrecostes, variaciones en la medición, precios contradictorios, etc. Eso supone que en muchos casos aparezcan posteriormente las temidas reclamaciones judiciales por defectos de construcción, las cuales, ante las dificultades de individualizar las responsabilidades, acaban recayendo sobre todos los agentes que han participado en la ejecución de la obra. En España no hay costumbre de que los proyectistas se autochequeen, de forma que puedan detectarse errores accidentales, errores procedimentales u otros (ver los comentarios del artº 82.1 de la EHE-08). Sin embargo, esto no ocurre igual respecto a lo que indican algunas normativas y pliegos de licitaciones en relación a los trabajos que deben desarrollar los constructores y/o fabricantes, los cuales en ciertos ámbitos se les exige que deben de llevar a cabo un control interno de la producción. La nueva cultura de la calidad debe implicar un nuevo paradigma conceptual, en el que cada una de las fases del proceso edificatorio pueda ser objeto de un control efectivo, bien sea formal, de contenidos básicos o de supervisión profunda. Muchos investigadores han estudiado –con diferentes enfoques y ámbitos– el impacto de los errores de diseño en los costes, en la planificación y en la aparición de patologías, determinándose que las medidas encaminadas a limitar la aparición de los fallos en los propios proyectos minimizan estas problemáticas, reducen la litigiosidad judicial y aumentan la productividad. Es por todo ello, que hasta fechas relativamente recientes no se ha considerado que el control de proyecto era una herramienta deseable, y que las Administraciones Públicas y los promotores privados debían de incentivarla, especialmente si se hace de una forma transparente y desvinculada de aquellos que formaron parte de la fase de diseño. La gestión de la calidad en la supervisión de los proyectos puede ser un elemento diferenciador, dado que los costos adicionales y la existencia de deficiencias se perciben como causas de baja productividad y de una falta de mentalidad que promueva un proceso de retroalimentación que permita aprender a través de los errores cometidos con anterioridad. Sin pretender, ni deber ser un control de calidad o una supervisión de proyecto, el análisis del mismo (bajo la óptica del trabajo que debe desarrollar posteriormente el Director de Ejecución de la Obra –DEO–), sí se encamina a subrayar y anticipar algunos de los problemas que pueden aparecer durante la ejecución y de las dificultades que surgirán para efectuar una puesta en obra correcta. Como ejemplo de ello, hay ocasiones en las que se incluyen en los proyectos una sucesión de normativas y de procesos de control genéricos que supuestamente tratan de ser el plan de control de calidad y que no corresponden o no se adecúan realmente a lo diseñado, lo que llega a ser muy problemático, pues traslada una responsabilidad viciada al director de ejecución de la obra. Caso análogo sería el cumplimiento del DB-HS-3 dentro del apartado Guía de Análisis del Proyecto para la Dirección de la Ejecución de Obra
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