Para el cálculo de la demanda de referencia de ACS para edificios de uso distinto al residencial privado, se consideran como aceptables los valores de la tabla c-Anejo F que recoge valores orientativos de la demanda de ACS para usos distintos del residencial privado, a la temperatura de referencia de 60ºC, que serán incrementados de acuerdo con las pérdidas térmicas por distribución, acumulación y recirculación. La demanda de referencia de ACS para casos no incluidos en la tabla c-Anejo F se obtendrá a partir de necesidades de ACS contrastadas por la experiencia o recogidas por fuentes de reconocida solvencia. Criterio de demanda Litros/ día-persona Hospitales y clínicas Ambulatorio y centro de salud Hotel ***** Hotel **** Hotel *** Hotel/hostal ** Camping Hostal/pensión * Residencia Centro penitenciario Albergue Vestuarios/Duchas colectivas Escuela sin ducha Escuela con ducha Cuarteles Fábricas y talleres Oficinas Gimnasios Restaurantes Cafeterías 55 41 69 55 41 34 21 28 41 28 24 21 4 21 28 21 2 21 8 1 Imagen 4.21 (CTE-HE 2019): Tabla c - anejo F. Demanda orientativa de ACS para usos distintos del residencial privado. El consumo de ACS a una temperatura (T) de preparación, distribución o uso, distinta de la de referencia (60ºC), se puede obtener a partir del consumo de ACS a la temperatura de referencia usando las siguientes expresiones: - D(T): Demanda de agua caliente sanitaria anual a la temperatura T elegida; - Di(T): Demanda de agua caliente sanitaria para el mes i, a la temperatura T elegida; - Di(60º C): Demanda de agua caliente sanitaria para el mes i, a la temperatura de 60º C; - T: Temperatura del acumulador final; - Ti: Temperatura media del agua fría en el mes i (según Anejo G del CTE). PARTE 2.ª DESARROLLO DE LAS NOVEDADES REGLAMENTARIAS Y RECOMENDACIONES PARA EL EJERCICIO PROFESIONAL CAPÍTULO 4.º PRINCIPIOS EN MATERIA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN EDIFICACIÓN 81
RkJQdWJsaXNoZXIy MjE1NjQwNw==