4.2.8 Limitación de descompensaciones Los valores máximos de transmitancia térmica de las particiones interiores del edificio no superarán el valor de la tabla 3.2 – HE1. Tabla 3.2-HE1 Transmitancia térmica límite de particiones interiores, Ulim [W/m2K] Entre unidades del mismo uso. Entre unidades de distinto uso. Entre unidades de uso y zonas comunes. Particiones horizontales y verticales. Particiones horizontales. 1,90 1,80 1,55 1,35 1,20 1,00 1,40 1,40 1,20 1,20 1,20 1,00 1,35 1,25 1,10 0,95 0,85 0,70 Particiones verticales. Tipo de elemento Zona climática de invierno c A B C D E Imagen 4.14 (CTE-HE 2019): Tabla 3.2 - HE1. Transmitancia térmica límite de particiones interiores, Ulim [W/m2K] . 4.2.9 Limitación de condensaciones en la envolvente térmica En el caso de que se produzcan condensaciones intersticiales en la envolvente térmica del edificio, estas serán tales que no produzcan una merma significativa en sus prestaciones térmicas o supongan un riesgo de degradación o pérdida de su vida útil. En ningún caso, la máxima condensación acumulada en cada periodo anual podrá superar la cantidad de evaporación posible en el mismo periodo. Del mismo modo, las condensaciones superficiales suponen fundamentalmente un riesgo en relación a la salubridad, por la formación de mohos. En el Documento Básico DA DB-HE/2 se recogen los procedimientos para el cálculo del riesgo de condensaciones intersticiales y superficiales. 4.3.- INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN HE-3 4.3.1 Ámbito de aplicación • Edificios de nueva construcción. • Intervenciones en edificios existentes con: ƒ Renovación o ampliación de una parte de la instalación. ƒ Cambio de uso característico del edificio. ƒ Cambios de actividad en una zona del edificio. 4.3.2 Exclusión del ámbito de aplicación • Instalaciones interiores de viviendas. • Instalaciones de alumbrado de emergencia. • Edificios protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, en la medida en que el cumplimiento de determinadas exigencias básicas de eficiencia energética pudiese alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto, siendo la autoridad que dicta la protección oficial quien determine los elementos inalterables. • Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años. 74
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