Adecuación de espacios urbanos. Accesibilidad en playas

B 02.01 CASO PRÁCTICO 4 ACCESIBILIDAD Adecuación de Espacios Urbanos Playas AUTOR: Manuel A. Burguillos González COLABORADOR: Alberto Moreno Cansado DELINEACIÓN: Victoriano Borrallo Rodríguez FOTOGRAFÍA: M. Burguillos FUNDACIÓN MUSAAT C/ Jazmín, 66. 28.033 MADRID www. fundacionmusaat.musaat.es NOTA: Los conceptos, datos y recomendaciones incluidas en este documento son de caracter orientativo y están pensados para ser ilustrativos desde el punto de vista divulgativo, fundamentalemente desde una perspectiva teórica, así como redactados desde la experiencia propia en procesos de apdatación e implantación de mejoras de accesibilidad. DOCUMENTO DE ORIENTACIÓN TÉCNICA EN EDIFICACIÓN Curiosidades: 03 /03 BIBLIOGRAFÍA Y NORMATIVA: Orden TMA/851/2021, de 23 de julio / Ley 2/2013, de 29 de mayo Accesibilidad en los Espacios Públicos urbanizados V.1.0. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana NIPO: 796-21-162-3 (online) www.fundaciononce.es FUNDACION ONCE www.cermi.es Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad Playas Accesibles. ITC Cádiz. Aurora Gómez by Continente y Contenido s.l. Revista Ambiente. Septiembre 2.003 Autor: Jose Manuel Ejido Si bien el logo más conocido y usado es el “Simbolo Internacional de Accesibilidad. SIA ISO 7001” diseñado por Karl Montan en el año 1968 sobre un diseño previo de Susane Koefoed. En el año 2015 la Unidad de Diseño Gráfi co del Departamento de Información Pública de la ONU diseñó un nuevo logo denominado “Simbolo de Accesibilidad”. Se trata de un simbolo mas neutral e imparcial donde a traves de una fi gura humana con los brazos abiertos dentro de un círculo representa la INCLUSIÓN para todas las personas de manera global, incluyendo también la accesibilidad en la información, servicios y tecnologías. El logo SIA se olvidaba de capacidades visuales, auditivas, intelectuales, etc. RAMPAS. Diseño y Normativa APARCAMIENTOS. Diseño y normativa Las plazas de aparcamiento estarán señalizadas horizontal y verticalmente con el símbolo de accesibilidad para la movilidad, cumpliendo lo establecido en el artículo 43 de la Orden TMA/851/2021 de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados, CAPÍTULO IX Elementos vinculados al transporte. VESTUARIOS. Diseño y normativa Artículo 34. Cabinas de aseo, vestuarios y duchas exteriores. 2. En relación con el exterior: a) Deberán estar comunicadas con el itinerario peatonal accesible y dispondrán de un sistema visual, y sonoro o háptico que permita saber, desde fuera, si la cabina está ocupada o libre. Contarán con un espacio libre de obstáculos donde pueda inscribirse un círculo de 1,50 m de diámetro, como mínimo, delante de la puerta de acceso y dicho espacio no podrá coincidir, ni con el itinerario peatonal accesible, ni con el área barrida por la apertura de la puerta de la cabina. b) El acceso estará nivelado con el itinerario peatonal accesible y no dispondrá de resaltes o escalones. La puerta de acceso será abatible hacia el exterior o corredera, tendrá una anchura libre de paso mínima de 80 cm y su mecanismo de cierre será de fácil manejo, posibilitando su apertura desde fuera en caso de emergencia. 3. En relación con el interior: a) Junto a la puerta habrá un espacio libre de obstáculos que permita inscribir en toda su altura un círculo de 1,50 m de diámetro mínimo, siendo la altura mínima en el interior de la cabina de 2,20 m. b) El suelo de la cabina cumplirá las especifi caciones recogidas en el apartado 1 del artículo 11. c) Dispondrán de un lavabo con un espacio libre inferior de 70 x 80 x 50 cm (altura x anchura x fondo) que permita la aproximación frontal de una persona en silla de ruedas y su cara superior estará a una altura máxima de 85 cm. d) Dispondrán de un inodoro que tendrá el asiento a una altura entre 45 y 50 cm, y cuyo diseño permitirá el apoyo de la espalda. El inodoro contará con, al menos, un espacio lateral de transferencia. El espacio lateral de transferencia tendrá unas medidas mínimas de 80 cm de anchura y 120 cm de fondo, respetando un mínimo de 65 cm de ese fondo, hasta el borde frontal del inodoro. Se instalará una barra de apoyo fi ja en el lateral del inodoro, junto a la pared y una barra de apoyo abatible junto al espacio lateral de transferencia. En caso de doble espacio lateral de transferencia ambas barras serán abatibles. Las barras de apoyo tendrán una sección ergonómica adecuada para el agarre y se situarán a una altura entre 70 y 75 cm, estarán separadas entre sí 65-70 cm y tendrán una longitud mínima de 70 cm. e) Cuando las cabinas dispongan de ducha, su área de utilización deberá estar nivelada con el pavimento circundante. Dispondrá de un asiento con respaldo, de entre 40 y 45 cm de profundidad y 40 cm de anchura mínima, ubicado a una altura entre 45 y 50 cm. Dicho asiento, si está ubicado en una esquina, tendrá un espacio lateral de 0,80 m de anchura y 1,20 m de fondo para la transferencia desde una silla de ruedas. Se instalarán barras de apoyo horizontales fi jas de forma perimetral en los paramentos verticales que forman ángulo junto al asiento, y una barra vertical en la pared a 60 cm de la esquina o del respaldo del asiento, que nacerá a la altura de la horizontal. En caso de doble espacio lateral de transferencia contarán con barras abatibles a ambos lados del asiento. PASARELAS. Diseño y normativa Establecemos dos tipos, ambas permitidas por la Ley Litoral (Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modifi cación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas), de este modo tenemos; 1. LAS PASARELAS FIJAS: constituirán el recorrido accesible hasta la zona de baños o línea de agua y dotaciones antes expuestas. El ancho mínimo de esta pasarela será de 150 cm. Los materiales en los que se pueden realizar las pasarelas serán de madera y/o piedra artifi cial. La disposición de los tablones de madera será siempre perpendicular a la dirección de la circulación de los usuarios y no quedarán espacios libres entre dichos tablones. Su función es evitar que los usuarios de sillas de ruedas puedan transitar por ellas sin peligro de salirse. El sistema será modular y desmontable de forma rápida y cómoda, su anclaje se realizará con tornillos en acero inoxidable. En el mercado se encuentran numerosos fabricantes que ofrecen diversas características, las fundamentales son las de antideslizamiento y transmisión térmica adecuada, siendo la Norma UNE 41512 “ACCESIBILIDAD A LAS PLAYAS Y A SU ENTORNO” y la Norma UNE 56544 “Clasifi cación visual de la madera aserrada con destino estructural” la de aplicación. 2. PASARELAS ENROLLABLES: en ocasiones el uso de pasarelas enrollables se hace necesario, por la variabilidad en la línea de agua o bien para creación de espacios fácilmente modifi cables. Para ello las pasarelas enrollables de madera, normalmente de conífera tratada en autoclave Nivel IV, conforman un sistema modular desmontable de forma rápida y cómoda, con facilidad de almacenaje. Las uniones entre módulos no llevan elementos metálicos, los anchos de mercado varían entre 120 y 150 cm, en largos variables. También existen en material plástico, ligero, enrollable y de colores vivos. PASARELA FIJA DE MADERA Y HORMIGÓN. www.dupiprefabricats.com PASARELAS ENRROLABLES. www.dupiprefabricats.com / www.depatech.com Consultar Tabla de Apoyo en Ficha 01.02

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